El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declara abusivo el empleo de contratos temporales en el sector público en España

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha emitido un fallo determinante sobre la situación laboral en España al considerar abusivo el uso de la temporalidad en los contratos del sector público. Esta resolución marca un hito en la protección de los derechos laborales en el país, ya que pone en tela de juicio la práctica extendida de contratos temporales en el ámbito público. Según el Tribunal, esta modalidad contractual vulnera los principios de igualdad y no discriminación, afectando negativamente a la estabilidad laboral de los trabajadores. Esta decisión supone un llamado de atención a las autoridades españolas para que revisen sus políticas de contratación y se ajusten a las normativas europeas en materia laboral.

**El Tribunal de Justicia de la UE dictamina contra abusos en contratos temporales del sector público en España**

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha emitido un pronunciamiento relevante en relación a la situación laboral de trabajadores en España, señalando que los empleos indefinidos no fijos deben considerarse como trabajos de duración determinada. Esta decisión responde a una serie de interrogantes planteados por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en casos que involucran a trabajadores de entidades como la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid, la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) y la Agencia Madrileña de Atención Social.

Estas personas han estado laborando durante muchos años bajo contratos temporales sucesivos, debido a la falta de convocatoria de plazas para ocupar esos puestos de manera permanente. El TJUE, con sede en Luxemburgo, ha destacado que esta práctica podría constituir una consecución abusiva de contratos públicos en diversas administraciones españolas, lo cual va en contra del Acuerdo Marco sobre trabajo de duración determinada.

La interpretación restrictiva del concepto de 'sucesivas relaciones laborales de duración determinada' permitiría la utilización precaria de trabajadores durante un tiempo prolongado, lo cual contravendría la protección de los derechos laborales establecida por la normativa europea. Asimismo, el tribunal advierte sobre la posibilidad de que los empleadores recurran de forma abusiva a este tipo de contratos para cubrir necesidades permanentes en su plantilla.

El TJUE resalta que la responsabilidad recae en la Administración por no haber convocado las plazas en tiempo y forma, dejando en manos del Tribunal Superior de Justicia de Madrid la adopción de medidas para evitar la utilización indebida de contratos temporales sucesivos. Aunque reconoce que existen razones objetivas que justifican este tipo de contratos, como la garantía de acceso al empleo público en condiciones de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

En este sentido, el Tribunal Europeo considera que establecer plazos para la convocatoria de plazas ocupadas provisionalmente es una medida adecuada para prevenir la precariedad laboral de los trabajadores afectados, asegurando que las vacantes sean cubiertas de manera definitiva en un plazo razonable. De no existir medidas suficientes en el Derecho nacional para prevenir abusos en la contratación temporal, la conversión de esos contratos en contratos fijos podría ser una solución viable.

Mónica Rodríguez

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