El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declara abusivo el uso de la temporalidad en los contratos del sector público en España.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha emitido un dictamen crucial en relación con la utilización de la temporalidad en los contratos laborales del sector público en España. Según la sentencia, se considera abusivo el empleo reiterado de esta modalidad contractual, que vulnera los derechos de los trabajadores y contraviene la normativa comunitaria. Este fallo supone un punto de inflexión en la legislación laboral española, ya que obliga a las autoridades a revisar sus prácticas en materia de contratación temporal. La decisión del Tribunal de Justicia de la UE resalta la importancia de garantizar la estabilidad y seguridad laboral de los empleados del sector público, sentando un precedente significativo en el ámbito de las relaciones laborales en el país.

**El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declara abusivo el uso de temporalidad en España**

En una sentencia emitida hoy, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) estableció que los empleos indefinidos no fijos deben ser considerados como trabajos de duración determinada, al tiempo que alertó sobre la práctica abusiva de contratos públicos en distintas administraciones españolas.

El TJUE respondió a una serie de interrogantes planteadas por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en relación a disputas entre tres trabajadores y entidades como la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid, la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) y la Agencia Madrileña de Atención Social.

Estas personas desempeñaron sus funciones durante muchos años, desde 1994 en los dos primeros casos y desde 1998 en el tercero, mediante contratos temporales sucesivos debido a la falta de convocatoria de plazas de manera permanente.

De acuerdo con el Acuerdo Marco sobre trabajo de duración determinada, la corte con sede en Luxemburgo considera que esta práctica de contratos se equipara a una renovación tácita y automática de los mismos, advirtiendo que una interpretación restrictiva podría permitir la precarización laboral por largos periodos.

El TJUE destaca que la Administración no realizó las convocatorias en tiempo y forma, y señala que corresponde al Tribunal Superior de Justicia de Madrid tomar medidas para evitar la utilización abusiva de contratos temporales sucesivos.

Aunque reconoce la justificación de garantizar el acceso al empleo público en condiciones de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, considera necesario establecer plazos para cubrir definitivamente las plazas ocupadas provisionalmente y prevenir así la perpetuación de la precariedad laboral.

En ausencia de medidas adecuadas en el Derecho nacional para prevenir y sancionar abusos derivados de contratos temporales sucesivos, el TJUE sugiere la conversión de estos contratos en indefinidos como una posible solución.

Mónica Rodríguez

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