El Ayuntamiento de Madrid, sancionado por no revelar los criterios de evaluación en los exámenes de la Policía.
Un inspector de la Policía Municipal de Madrid ha conseguido dos sentencias favorables al Ayuntamiento por haber ocultado los «criterios de corrección y superación» en los concursos para inspectores y comisarios del cuerpo local. Ambos fallos de lo contencioso-administrativo han sido apelados por el ayuntamiento, … también condenado en costas, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).
La más reciente data del 15 de enero, cuando la Sección de lo Contencioso-administrativo del Tribunal de Instancia de Madrid falló a favor del policía que fue ‘descalificado’ en su oposición a comisario. El magistrado afirma en el fallo que «no se ha demostrado que se haya dado a conocer los criterios de corrección y superación establecidos por el Tribunal Calificador en dicha sesión, tal como aparece en el acta correspondiente, limitándose la publicación a los contenidos del anuncio del Acuerdo de 6 de junio de 2022 del Tribunal Calificador». Esto implica que los aspirantes ignoraban el peso de cada prueba, lo que les impidió dedicar más tiempo y esfuerzo a los ejercicios que realmente eran más valorados. De hecho, creían que todos los ejercicios puntuaban de igual manera, pero eso no era así.
La sentencia indica que «aunque se incluían algunos criterios sobre el desarrollo de la prueba, como la duración (…) no se encontraban ni los concretos criterios de valoración, puntuación ni de superación de dicho procedimiento». Y esto sucedió a pesar de que «tanto la base general 9ª como las específicas 6.1 indicaban la necesidad de ofrecer publicidad y transparencia». Así, se ocultaron datos cruciales: «No consta que el contenido de dichos criterios, tal y como aparece reflejado en la misma, se hubiese publicado por ninguno de los medios estipulados en la base de la convocatoria».
El fallo agrega que «de haberse dado a conocer la parte recurrida habría tenido acceso a la prueba, particularmente si este argumento fuera tomado en cuenta como uno de los fundamentos del recurso contencioso-administrativo». La Administración recurrida, señala el juez, «no cumplió con los principios de publicidad, transparencia y seguridad establecidos en las bases generales y específicas previamente mencionadas, por lo que el recurrente nunca pudo obtener conocimiento de dichos criterios de valoración, puntuación y superación». Por ello, «se justifica el acogimiento del motivo de impugnación examinado, determinando esto la nulidad de dicho ejercicio, dado que la falta de publicidad y transparencia de esos criterios no podía ser ocultada al opositor, ya que no se dieron a conocer antes de la realización de dicho ejercicio».
El Ayuntamiento ha apelado la sentencia a pesar de que esta menciona que ya existe «doctrina reiterada del Tribunal Supremo» que respalda al recurrente. Así, el magistrado ordena la «anulación de la prueba 2ª conocida como psicotécnica impugnada en relación al recurrente, ordenándose la retroacción de las actuaciones al momento anterior a la realización del ejercicio 2º ‘psicotécnico’ para que, tras la publicación de los criterios de valoración, puntuación y calificación (previos a la realización del ejercicio), se convoque a la parte recurrente para que se repita dicha prueba», sin que esto afecte a quienes ya obtuvieron la plaza.
El mismo inspector, asistido por el abogado Ángel Galindo, logró un fallo similar el 29 de mayo de 2024, en este caso para ascender a inspector, lo que consiguió en una convocatoria posterior. Cuando el juez solicitó la documentación al Ayuntamiento, se dio cuenta de que en el expediente «sí existen los criterios de corrección extensos, que no están publicados». «Este hecho no solo infringe las bases de la convocatoria, sino que también el actor no recibe respuesta a su recurso de alzada, cuando denuncia la falta de publicación y, por ende, no tiene la mínima respuesta de la administración».
Las oposiciones de la Policía Municipal se están convirtiendo en un reto para la corporación liderada por José Luis Martínez-Almeida, ya que también hay una causa penal abierta en el Juzgado de Instrucción número 31 de Madrid por cohecho y tráfico de influencias, en la que están siendo investigados el comisario general de la Policía Municipal, Oskar de Santos, el excomisario principal José Luis Morcillo y el exintendente Miguel Carmona. Estas dos sentencias civiles podrían tener un impacto en la causa penal si son requeridas por alguna de las partes.



