El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declara abusivo el uso de la temporalidad en los contratos del sector público en España

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha emitido un dictamen trascendental en relación con la temporalidad en los contratos del sector público en España. En una decisión que impacta directamente en la legislación laboral del país, se ha considerado abusivo el uso excesivo de la temporalidad en los contratos del sector público, lo cual podría tener implicaciones significativas en el mercado laboral español. Esta sentencia marca un precedente importante en materia de protección de los derechos de los trabajadores, destacando la necesidad de garantizar condiciones laborales justas y estables. El fallo del Tribunal de Justicia de la UE pone de relieve la importancia de cumplir con las normativas laborales tanto a nivel nacional como comunitario, en aras de promover un ambiente laboral equitativo y seguro para todos los empleados del sector público en España.

**El Tribunal de Justicia Europeo declara abusivo el uso de temporalidad en contratos del sector público en España**

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) fija límites para contratos temporales en administraciones públicas españolas

El TJUE señaló hoy que los empleos indefinidos no fijos deben considerarse como trabajos de duración determinada, si bien advirtió contra la consecución abusiva de contratos públicos en varias administraciones españolas. Respondió así a una serie de preguntas del Tribunal Superior de Justicia de Madrid relativas a los litigios que oponen a tres trabajadores a entidades públicas de la Comunidad de Madrid.

Estas personas trabajaron durante muchos años, desde 1994 en los dos primeros casos y desde 1998 en el tercero, con contratos temporales sucesivos porque no se convocaron las plazas para cubrir esos puestos de manera permanente. La corte estableció que esa consecución de contratos debe entenderse como contratos de duración determinada, equiparándolos a una renovación tácita y automática de los mismos.

El TJUE subrayó que una interpretación restrictiva del concepto de 'sucesivas relaciones laborales de duración determinada' permitiría emplear a trabajadores de forma precaria durante años, lo cual podría llevar a excluir un gran número de relaciones laborales de duración determinada de la protección de los trabajadores perseguida por la normativa europea.

La corte también destacó que la Administración fue la responsable de no convocar las plazas en tiempo y forma, y señaló que no le corresponde pronunciarse sobre la interpretación del Derecho interno español.

El Tribunal de Justicia Europeo consideró que establecer plazos para convocar las plazas ocupadas provisionalmente es una medida adecuada para evitar la perpetuación de la precariedad laboral de dichos trabajadores, garantizando que las plazas se cubran de manera definitiva rápidamente.

En ausencia de medidas adecuadas en el Derecho nacional español para prevenir y sancionar los abusos derivados de la utilización sucesiva de contratos temporales, la conversión de estos contratos en fijos podría ser una medida apropiada, según el TJUE.

Mónica Rodríguez

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