El Ministerio de Consumo ha emitido una advertencia a las inmobiliarias respecto a la “ilegalidad” de cobrar comisión por la gestión a los interesados en arrendar una vivienda. Esta medida busca proteger los derechos de los consumidores y garantizar un marco legal justo en el mercado inmobiliario. La práctica de “cobros abusivos” por parte de algunas agencias ha sido motivo de queja por parte de los arrendatarios, quienes se han visto afectados por esta situación. Consumo ha señalado que esta “práctica ilegal” vulnera la normativa vigente y ha instado a las inmobiliarias a cumplir con la legalidad y ofrecer un servicio transparente y sin costes ocultos. Es fundamental que los ciudadanos conozcan sus derechos y denuncien cualquier “abuso” en este ámbito para garantizar una convivencia justa y equitativa en el mercado de alquiler de viviendas.
Ministerio de Consumo advierte a inmobiliarias: es ilegal cobrar comisión por gestión en alquiler de viviendas
El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha emitido una advertencia a las inmobiliarias este viernes, señalando que es ilegal cobrar una comisión por la gestión a las personas interesadas en arrendar una vivienda. Así lo ha comunicado la Dirección General de Consumo, que ha iniciado una investigación y ha notificado a varias mercantiles inmobiliarias que no pueden cobrar una comisión por sus servicios a los inquilinos.
La unidad responsable ha tenido conocimiento de que algunas empresas habrían obligado a los interesados en arrendar una vivienda a pagar una comisión por la gestión del arrendamiento, lo cual se traduciría en un mes de alquiler más un 21% de IVA. Esta práctica, según el departamento de Pablo Bustinduy, está prohibida por el artículo 20.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos y la disposición final primera de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, de derecho a la vivienda.
En dicha normativa se establece claramente que los gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato deben ser asumidos por el arrendador, por lo que imponer estos costos a los inquilinos podría considerarse abusivo según el artículo 47.1.j) de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. La infracción de estas disposiciones podría acarrear sanciones graves, con multas de entre 10.001 y 100.000 euros, e incluso superar esas cantidades hasta llegar a ser entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido.
Vecinos de Ermita del Santo protestan por la llegada de torres con 500 viviendas y sin equipamientos
En otra noticia, se informa sobre la protesta de los vecinos de Ermita del Santo debido a la construcción de torres con 500 viviendas y la ausencia de equipamientos en la zona.
La compraventa de viviendas cae en Madrid un 16% durante 2023
Por último, se destaca la disminución del 16% en la compraventa de viviendas en Madrid durante el año 2023, reflejando un panorama económico desafiante en el sector inmobiliario.
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